$ 3.000.000
AV. LOPE DE VEGA 1300
Local en Alquiler en Villa Luro, Capital Federal
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150 m² Total
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35 años
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2 baños
Alquiler LOCAL COMERCIAL
Corredor responsable: laura palini cpi 7752 / csm 2733 -
contacto: elias ilari
alquiler local comercial 150 m² esquina villa luro capital federal
local comercial estratégicamente ubicado en la intersección de avenida lope de vega y juan agustín garcía, en el corazón de villa luro. Con una superficie total de 150 m², este inmueble representa una oportunidad de inversión única para emprendedores y comerciantes que buscan un espacio versátil y de gran potencial.
La propiedad se destaca por su diseño arquitectónico libre de columnas, lo que permite una distribución espacial completamente adaptable a diversos rubros comerciales. Los techos altos generan una sensación de amplitud y luminosidad, optimizando la visibilidad de productos o servicios.
Construido en 1990, el local se encuentra en muy buen estado general, con posibilidades de actualización y personalización según las necesidades específicas del proyecto comercial. Su ubicación en esquina ofrece alta visibilidad y tránsito peatonal, factores clave para el éxito de cualquier emprendimiento.
Entre sus principales características se encuentran:
- superficie cubierta: 120 m²
- sin restricciones de rubro
- diseño sin columnas interiores
- techos altos
- posibilidad de expansión con locales contiguos
- zona comercial altamente transitada
condiciones de alquiler:
- garantía: seguro de caución o garantía propietaria.
- Depósito: dos meses
- un mes por adelantado
_ actualización trimestral por ipc.
_ Contrato mínimo: 3años.
Una inversión inmobiliaria con potencial de crecimiento en una ubicación privilegiada de villa luro.
Rau s.R.L. No ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios re/max puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que rau s.R.L. No interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial, ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales, los agentes/gestores no ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.