USD 4.000
Jacinto Diaz al 1800
Casa en Alquiler Temporal en San Isidro, Buenos Aires
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260 m² cubie.
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3 dorm.
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A Estrenar
Casa en Las Lomas de San Isidro
Lomas de san isidro, zona arboris
disponible desde el 15/12 al 15/2..
Enero u$s 4000....Consultar dic y febrero
casa muy linda, funcional, estética. Si buscás una casa práctica, y linda, te llevo a visitarla!
Planta baja, hall de entrada con un escritorio abierto, living-comedor con salida a la galería, cocina con mesa y banquetas para desayunar, baño completo, playroom grande con mesa de ping pong, galería con parrilla, lavadero, jardín y pileta.
Pa: hall con escritorio abierto, cuarto principal con baño compartimentado, otro cuarto con cama de 1.40, y un tercer cuarto con 2 camas, que a su vez tienen otras dos que se sacan de abajo, baño compartimentado.
Corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876
la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones caba - cucicba
para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
ley 5859 art. 4:
para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.